Cambios en las pruebas de acceso a partir de 2012/2013
- La prueba de acceso a la formación profesional de grado superior tendrá por objeto acreditar que el alumno posee la madurez necesaria en relación con los objetivos del Bachillerato, así como los conocimientos específicos que se requieran para el ciclo al que desee acceder.
- La prueba se organizará en dos partes, común y específica.
- La parte común tendrá carácter instrumental y desarrollará como mínimo los objetivos de la lengua castellana e idioma extranjero del Bachillerato.
- La parte específica se organizará, al menos, en dos opciones: ciencia y tecnología, y humanidades y ciencias sociales.
- Las pruebas se realizarán en los Centros públicos que establezcan las Administraciones educativas.
- Para acceder a la prueba de acceso se requerirá tener diecinueve años, cumplidos en el año de realización de la prueba o dieciocho si se acredita estar en posesión de un título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder.
- La superación de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior tendrá validez en todo el territorio nacional.
- En un mismo curso escolar no se podrá concurrir a las pruebas de acceso en más de una Comunidad Autónoma.
- Corresponde a las Administraciones educativas regular la exención de las partes de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado superior en función de la formación previa acreditada por el alumnado.
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